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Condiciones de contratación Centralita

CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET

CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CENTRALITA

1.- OBJETO Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

EXTRETEL podrá modificar las presentes Condiciones Particulares, así como las tarifas vigentes en cada momento, por:

variaciones y cambios tecnológicos que afecten al producto, variaciones de las condiciones económicas existentes en el momento de la contratación del servicio y evolución del mercado.

En tal caso, se comunicará al Cliente la modificación con la máxima antelación que nos sea posible según las circunstancias.

Las facultades de modificación previstas en esta cláusula no perjudican el derecho de resolución anticipada del contrato reconocido al Cliente, sin perjuicio de los compromisos adquiridos

por el mismo y de las consecuencias derivadas de ello. Por ende, si el Cliente no aceptase las nuevas condiciones, y así se lo notificase al Operador, podrá resolver el contrato de manera

anticipada, asumiendo las consecuencias pertinentes. Si, transcurridos 15 días naturales desde la notificación por EXTRETEL CO, SCE el Cliente no hubiese manifestado expresamente su

disconformidad, o bien continuará utilizando los servicios con posterioridad a la entrada en vigor de la modificación anunciada, se entenderá que acepta las modificaciones propuestas.

2.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Todo lo no previsto en las presentes Cláusulas Particulares de la Contratación del Servicio de Acceso a Internet prestado por EXTRETEL CO, SCE así como lo no dispuesto en la oferta

comercial específica que se acuerda con cada Cliente, queda regulado según lo establecido en las Condiciones Generales de la Contratación. Para aquellas cuestiones no dispuestas en el

contrato, se estará a lo establecido en el ordenamiento jurídico español.

3.- MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES

EXTRETEL podrá modificar las presentes Condiciones Particulares, así como las tarifas vigentes en cada momento, por: variaciones y cambios tecnológicos que afecten al producto,

variaciones de las condiciones económicas existentes en el momento de la contratación del servicio y evolución del mercado. En tal caso, se comunicará al Cliente la modificación con la

máxima antelación que nos sea posible según las circunstancias.

Las facultades de modificación previstas en esta cláusula no perjudican el derecho de resolución anticipada del contrato reconocido al Cliente, sin perjuicio de los compromisos adquiridos

por el mismo y de las consecuencias derivadas de ello. Por ende, si el Cliente no aceptase las nuevas condiciones, y así se lo notificase al Operador, podrá resolver el contrato de manera

anticipada, asumiendo las consecuencias pertinentes. Si, transcurridos 15 días naturales desde la notificación por EXTRETEL CO, SCE el Cliente no hubiese manifestado expresamente su

disconformidad, o bien continuará utilizando los servicios con posterioridad a la entrada en vigor de la modificación anunciada, se entenderá que acepta las modificaciones propuestas.

4.- ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN

Todo lo no previsto en las presentes Cláusulas Particulares de la Contratación del Servicio de Acceso a Internet prestado por EXTRETEL CO, SCE así como lo no dispuesto en la oferta

comercial específica que se acuerda con cada Cliente, queda regulado según lo establecido en las Condiciones Generales de la Contratación. Para aquellas cuestiones no dispuestas en el

contrato, se estará a lo establecido en el ordenamiento jurídico español.

5.- COMPROMISO DE PERMANENCIA Y PENALIZACIÓN

EXTRETEL podrá modificar las presentes Condiciones Particulares, así como las tarifas vigentes en cada momento, por: variaciones y cambios tecnológicos que afecten al producto,

variaciones de las condiciones económicas existentes en el momento de la contratación del servicio y evolución del mercado. En tal caso, se comunicará al Cliente la modificación con la

máxima antelación que nos sea posible según las circunstancias.

Las facultades de modificación previstas en esta cláusula no perjudican el derecho de resolución anticipada del contrato reconocido al Cliente, sin perjuicio de los compromisos adquiridos

por el mismo y de las consecuencias derivadas de ello. Por ende, si el Cliente no aceptase las nuevas condiciones, y así se lo notificase al Operador, podrá resolver el contrato de manera

anticipada, asumiendo las consecuencias pertinentes. Si, transcurridos 15 días naturales desde la notificación por EXTRETEL CO, SCE el Cliente no hubiese manifestado expresamente su

disconformidad, o bien continuará utilizando los servicios con posterioridad a la entrada en vigor de la modificación anunciada, se entenderá que acepta las modificaciones propuestas.

6.- CONDICIONES ECONÓMICAS

Todo lo no previsto en las presentes Cláusulas Particulares de la Contratación del Servicio de Acceso a Internet prestado por EXTRETEL CO, SCE así como lo no dispuesto en la oferta

comercial específica que se acuerda con cada Cliente, queda regulado según lo establecido en las Condiciones Generales de la Contratación. Para aquellas cuestiones no dispuestas en el

contrato, se estará a lo establecido en el ordenamiento jurídico español.

7.- SUSPENSIÓN E INTERRUPCIÓN DEFINITIVA

EXTRETEL podrá modificar las presentes Condiciones Particulares, así como las tarifas vigentes en cada momento, por: variaciones y cambios tecnológicos que afecten al producto,

variaciones de las condiciones económicas existentes en el momento de la contratación del servicio y evolución del mercado. En tal caso, se comunicará al Cliente la modificación con la

máxima antelación que nos sea posible según las circunstancias.

Las facultades de modificación previstas en esta cláusula no perjudican el derecho de resolución anticipada del contrato reconocido al Cliente, sin perjuicio de los compromisos adquiridos

por el mismo y de las consecuencias derivadas de ello. Por ende, si el Cliente no aceptase las nuevas condiciones, y así se lo notificase al Operador, podrá resolver el contrato de manera

anticipada, asumiendo las consecuencias pertinentes. Si, transcurridos 15 días naturales desde la notificación por EXTRETEL CO, SCE el Cliente no hubiese manifestado expresamente su

disconformidad, o bien continuará utilizando los servicios con posterioridad a la entrada en vigor de la modificación anunciada, se entenderá que acepta las modificaciones propuestas.

8.- GARANTÍAS

Todo lo no previsto en las presentes Cláusulas Particulares de la Contratación del Servicio de Acceso a Internet prestado por EXTRETEL CO, SCE así como lo no dispuesto en la oferta

comercial específica que se acuerda con cada Cliente, queda regulado según lo establecido en las Condiciones Generales de la Contratación. Para aquellas cuestiones no dispuestas en el

contrato, se estará a lo establecido en el ordenamiento jurídico español.

9.- SEGURIDAD

El Cliente, y no el Operador, es responsable de la custodia diligente de los dispositivos, así como de la confidencialidad de las contraseñas, claves de acceso o sistemas de cifrado o

encriptación de comunicaciones, que lesean facilitados en relación con el Servicio. El Operador no se responsabilizará, en ningún caso y bajo ningún concepto, de las cuestiones

mencionadas en esta condición. Sin perjuicio de lo expuesto en la condición 3, y a pesar de que la puesta a disposición de los dispositivos explícitamente enumerados en el formulario de

contratación no implique la transferencia de su propiedad, sí que conlleva el traspaso de los riesgos inherentes a los mismos al Cliente, desde el momento de su entrega hasta q

10.- PROTECCIÓN DE DATOS

En cumplimiento de lo que dispone la normativa vigente en materia de protección de datos personales, el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD) y la Ley Orgánica

3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, informamos al Cliente de que los datos personales aportados serán tratados por

EXTRETEL CO, SCE (Encargado del Tratamiento). La finalidad del tratamiento de los datos será el mantenimiento, desarrollo, control y ejecución de la relación contractual que, en el marco

de la prestación de los servicios que se identifican en el objeto del contrato, el Cliente mantenga con EXTRETEL CO, SCE. Los datos se conservarán mientras dure la relación comercial.

Una vez se haya dado por finalizada la prestación de los servicios, los datos de carácter personal se guardarán, debidamente bloqueados, según lo que establezca la normativa sectorial

vigente. No está prevista la cesión de datos a terceros, excepto si existe una obligación legal. Se informa al interesado que tiene derecho a retirar el consentimiento para tratar los datos

en cualquier momento y que, si ejerce este derecho, se tendrá que proceder a la rescisión del contrato en los términos expuestos en el mismo puesto que el tratamiento de datos es

imprescindible para la ejecución del contrato. Asimismo, podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos y los de limitación u oposición al

tratamiento dirigiéndose a EXTRETEL CO, SCE bien enviando un correo a la dirección física AVDA RICARDO CARAPET Nº29, de la localidad de BADAJOZ (BADAJOZ) – 06008, o bien a través

de correo electrónico a la dirección siguiente: atencionalcliente@extretel.es Si considera que el tratamiento de datos personales no se ajusta a la normativa vigente, tiene derecho a

presentar una reclamación ante la Autoridad de control (www.aepd.es). El Operador se responsabiliza de tener implantadas las medidas de seguridad que correspondan, en virtud de lo

que se establece en la normativa vigente de protección de datos. Todo el personal de EXTRETEL CO, SCE tendrá conocimiento de la normativa en materia de protección de datos, en el

momento en que proceda a tratar la información propiedad del cliente. Por último, el Cliente queda informado de que, en caso de impago de las cantidades debidas, en su caso, con

motivo de la contra

11.- SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE

El servicio de atención al Cliente se realizará, por seguridad, por vía telefónica con grabación de las conversaciones, o mediante

correo electrónico, lo que permite que, independientemente de la opción elegida, quede constancia de las gestiones realizadas. Para cualquier cuestión relacionada con los servicios

previstos en el presente contrato, el Cliente puede ponerse en contacto con el Operador, bien por vía telefónica, llamando alEl servicio de atención al Cliente se realizará, por seguridad,

por vía telefónica con grabación de las conversaciones, o mediante correo electrónico, lo que permite que, independientemente de la opción elegida, quede constancia de las gestiones

realizadas. Para cualquier cuestión relacionada con los servicios previstos en el presente contrato, el Cliente puede ponerse en contacto con el Operador, bien por vía telefónica, llamando

alEl servicio de atención al Cliente se realizará, por seguridad, por vía telefónica con grabación de las conversaciones, o mediante correo electrónico, lo que permite que,

independientemente de la opción elegida, quede constancia de las gestiones realizadas. Para cualquier cuestión relacionada con los servicios previstos en el presente contrato, el Cliente

puede ponerse en contacto con el Operador, bien por vía telefónica, llamando alEl servicio de atención al Cliente se realizará, por seguridad, por vía telefónica con grabación de las

conversaciones, o mediante correo electrónico, lo que permite que, independientemente de la opción elegida, quede constancia de las gestiones realizadas. Para cualquier cuestión

relacionada con los servicios previstos en el presente contrato, el Cliente puede ponerse en contacto con el Operador, bien por vía telefónica, llamando alEl servicio de atención al Cliente

se realizará, por seguridad, por vía telefónica con grabación de las conversaciones, o mediante correo electrónico, lo que permite que, independientemente de la opción elegida, quede

constancia de las gestiones realizadas. Para cualquier cuestión relacionada con los servicios previstos en el presente contrato, el Cliente puede ponerse en contacto con el Operador, bien

por vía telefónica, llamando alEl servicio de atención al Cliente se realizará, por seguridad, por vía telefónica con grabación de las conversaciones, o mediante correo electrónico, lo que

permite que, independientemente de la opción elegida, quede constancia de las gestiones realizadas. Para cualquier cuestión relacionada con los servicios previstos en el presente

contrato, el Cliente puede ponerse en contacto con el Operador, bien por vía telefónica, llamando alEl servicio de atención al Cliente se realizará, por seguridad, por vía telefónica con

grabación de las conversaciones, o mediante correo electrónico, lo que permite que, independientemente de la opción elegida, quede constancia de las gestiones realizadas. Para

cualquier cuestión relacionada con los servicios previstos en el presente contrato, el Cliente puede ponerse en contacto con el Operador, bien por vía telefónica, llamando alEl servicio de

atención al Cliente se realizará, por seguridad, por vía telefónica con grabación de las conversaciones, o mediante correo electrónico, lo que permite que, independientemente de la

opción elegida, quede constancia de las gestiones realizadas. Para cualquier cuestión relacionada con los servicios previstos en el presente contrato, el Cliente puede ponerse en contacto

con el Operador, bien por vía telefónica, llamando alEl servicio de atención al Cliente se realizará, por seguridad, por vía telefónica con grabación de las conversaciones, o mediante correo

electrónico, lo que permite que, independientemente de la opción elegida, quede constancia de las gestiones realizadas. Para cualquier cuestión relacionada con los servicios previstos en

el presente contrato, el Cliente puede ponerse en contacto con el Operador, bien por vía telefónica, llamando alEl servicio de atención al Cliente se realizará, por seguridad, por vía

telefónica con grabación de las conversaciones, o mediante correo electrónico, lo que permite que, independientemente de la opción elegida, quede constancia de las gestiones

realizadas. Para cualquier cuestión relacionada con los servicios previstos en el presente contrato, el Cliente puede ponerse en contacto con el Operador, bien por vía telefónica, llamando

al 900 86 98 98, o por vía WhatsApp al 698 931 251, o bien a través del correo electrónico atencionalcliente@extretel.es, en relación con cualquier incidencia o consulta, previa

identificación y acreditación de circunstancias personales. Para cualquier cuestión, el Cliente podrá ser atendido de Lunes a Viernes de 09:00h a 22:00h, y los Sábados y Domingos de

10:00h a 21:00h.

12.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

El Operador y el Cliente tienen derecho a resolver el contrato por las causas generales de extinción legalmente previstas, además de por la establecidas en las condiciones generales de

contratación. Asimismo, el Cliente tiene derecho a resolver el contrato relativo al servicio de telefonía móvil en cualquier momento, con una antelación de 2 días hábiles, comunicándolo

alOperador y adjuntando copia del DNI. En ningún caso, la extinción o resolución del contrato exonerará al Cliente o al Operador de sus obligaciones pendientes por cualquier concepto.

Sea cual sea la causa de terminación del contrato, el Cliente tiene derecho a conservar la numeración asociada a la/s línea/s de su titularidad, en caso de que solicite la portabilidad a otro

operador de telefonía

13.- MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES

EXTRETEL CO, SCE podrá modificar las presentes Condiciones Particulares, así como las tarifas vigentes en cada momento, por: variaciones y cambios tecnológicos que afecten al

producto, variaciones de las condiciones económicas existentes en el momento de la contratación del servicio y evolución del mercado. En tal caso, se comunicará al Cliente la

modificación con la máxima antelación que nos sea posible según las circunstancias. Las facultades de modificación previstas en esta cláusula no perjudican el derecho de resolución

anticipada del contrato reconocido al Cliente, sin perjuicio de los compromisos adquiridos por el mismo y de las consecuencias derivadas de ello. Por ende, si el Cliente no aceptase las

nuevas condiciones, y así se lo notificase al Operador, podrá resolver el contrato de manera anticipada, asumiendo las consecuencias pertinentes. Si, transcurridos 15 días naturales

desde la notificación por EXTRETEL CO, SCE, el Cliente no hubiese manifestado expresamente su

14.- – CLÁUSULA SUBSDIARIA

Todo lo no previsto en las presentes Cláusulas Particulares de la Contratación del Servicio de Acceso a Internet prestado por EXTRETEL CO, SCE, así como lo no dispuesto en la oferta

comercial específica que se acuerda con cada Cliente, queda regulado según lo establecido en las Condiciones Generales de la Contratación. Para aquellas cuestiones no dispuestas en el

contrato, se estará a lo establecido en el ordenamiento jurídico español.