1.- OBJETO Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
En el presente texto se regulan las Condiciones Particulares de Contratación (en adelante, CGC) que regirán, junto con las Condiciones Generales, la relación contractual entre EXTRETEL
CO, SCE y el Cliente por la prestación del servicio de telefonía móvil, contratado de manera presencial en cualquiera de las tiendas físicas del Operador. En caso de contradicción entre los
términos y condiciones manifestadas en las presentes Condiciones Generales y las Condiciones Particulares, prevalecerán siempre las condiciones acordadas en este último instrumento
respecto de aquellos términos incompatibles, afectando solo al servicio que se rija por las citadas Condiciones Particulares.
La lectura y aceptación plena de las Condiciones de Contratación (Generales y Particulares) por el Cliente es condición previa necesaria para la prestación de los servicios contratados.
Dicha aceptación del documento contractual implica que el Cliente:
El Cliente utilizará el servicio en calidad de usuario final, exclusivamente para el fin para el que ha sido contratado, siendo responsable de extender el cumplimiento de lo establecido en el
presente contrato a las personas a su cargo, así como a cualquier otra que, por cualquier motivo, pueda tener acceso al servicio. Por ende, el Cliente sólo podrá utilizar el servicio de
acceso a Internet contratado para sus propios fines, siempre respetando las presentes condiciones y teniendo en cuenta las instrucciones de EXTRETEL CO, SCE sin que pueda, en ningún
caso revenderlo, cederlo ni prestarlo a terceros.Tanto el servicio ofertado, como el que se pudiera ofrecer en un futuro, se prestará a cambio de la correspondiente remuneración, a
satisfacer por parte del Cliente, confiriendo a éste un derecho de uso sobre el mismo, sometido a los plazos, condiciones y términos que en las presentes condiciones se establezcan.
2.- ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN
El Contrato entrará en vigor cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones:
no fuera propietario del local o vivienda donde se va a prestar el/ los servicio/s.
Una vez cumplidas las citadas condiciones, el servicio contratado tendrá la duración prevista en la oferta comercial aceptada por el Cliente. En caso de no indicarse específicamente, la
duración inicial del contrato será de 1 año. Sin perjuicio de lo antedicho, en el caso de contratar el servicio de telefonía móvil, el contrato no incluye compromiso de permanencia, según lo
dispuesto en la condición siguiente.
Transcurrido el plazo de duración predeterminado, se procederá de manera automática a la renovación de los servicios contratados. En caso de que el Cliente no quiera la renovación
automática del contrato, se deberá comunicar tal intención a EXTRETEL CO, SCE de manera fehaciente, con al menos 30 días de antelación. Si no se informara al Operador acerca de la
intención de NO renovación antes de alcanzarse la fecha límite para ello, se entenderá que el Cliente desea renovar y, automáticamente, se prorrogará el servicio por periodo equivalente
al anteriormente contratado.
3.- COMPROMISO DE PERMANENCIA Y PENALIZACIÓN
El servicio de telefonía móvil no tendrá permanencia alguna. Ello no impide que, en caso de contratar diversos servicios a EXTRETEL CO, SCE el resto de servicio tengan su
correspondiente compromiso de permanencia, el cual no afectará al servicio de telefonía móvil.
4.- CONDICIONES ECONÓMICAS
Como contraprestación al servicio de telefonía contratado, el Cliente habrá de abonar a EXTRETEL CO, SCE el precio correspondiente conforme a las tarifas, promociones y descuentos que
se encuentren en vigor en cada momento para el/los servicios particularmente contratados, teniendo en cuenta asimismo lo dispuesto en la oferta comercial específica.
La facturación y el cobro por los servicios contratados se realizará a mes adelantado, expresando el periodo al que corresponda. En la factura correspondiente al primer mes de alta, se
prorrateará la cuota o tarifa mensual para ajustarla a la fecha de contratación. En caso de que el Cliente tenga gastos adicionales al coste de los servicios contratados, tales gastos se le
incluirán en cada factura de forma separada.
El Cliente recibirá sus facturas en formato electrónico, salvo que notifique al Operador que desea recibir las facturas en papel. El pago se realizará, como norma general, por medio del
cobro habitual reflejado en el contrato de prestación de servicios según se indica en el apartado 2. SERVICIOS CONTRATADOS (Detalle de servicios).La fecha en la que se debe
realizar el pago es aquella en que la entidad bancaria o de ahorro en la que se ha realizado la domiciliación reciba la notificación con el importe a abonar por el Cliente que, en todo caso,
no podrá exceder de 15 días, a contar desde el final del periodo de facturación. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá solicitar un medio de pago alternativo: transferencia, efectivo,
tarjeta.
En caso de retraso en el pago, total o parcial, se estará a lo dispuesto en las Condiciones Generales de Contratación.
5.- COBERTURA Y CALIDAD
El Servicio de Telefonía Móvil está referido al territorio nacional. El Servicio de Roaming, por defecto, está desactivado. No obstante, el Cliente puede optar por activar el mismo
indicándolo en la hoja de datos del Contrato o con posterioridad durante la vigencia del contrato, mediante la oportuna comunicación al respecto.
El servicio de Roaming se prestará en función de los acuerdos bilaterales que el Operador tenga concertaos con los operadores de otros países. El Operador se compromete a poner a
disposición del Cliente información actualizada sobre las zonas de cobertura en las que el Servicio esté implantado.
El Operador lleva a cabo, de manera continua, actuaciones tendentes a garantizar una adecuada prestación del servicio.
Ante cualquier incidencia, el Cliente podrá ponerse en contacto con el Servicio de Atención al Cliente (condición 10).
Sin perjuicio de lo antedicho, el Operador advierte al Cliente que la cobertura la calidad del Servicio pueden verse alteradas por circunstancias excepcionales que imposibiliten el
cumplimiento de los mínimos de calidad.
6.- INICIO Y DESCONEXIÓN DEL SERVICIO
El Operador iniciará la prestación del Servicio al Cliente en los 15 días siguientes a la firma del presente Contrato.
El Operador informa al Cliente del Derecho a la Desconexión de las llamadas de tarifas superiores, servicios de tarificación adicional y llamadas internacionales. A estos efectos, el Cliente
deberá comunicar al Operador, mediante petición escrita o por vía telefónica, su intención de desconectarse de los servicios mencionados.
Por su parte, el Operador se compromete a hacer efectiva la desconexión solicitada por el Cliente en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la recepción de la petición. Si la
desconexión no se produjera en el plazo indicado, por causas no imputables al Cliente, los costes derivados del servicio cuya desconexión se solicitó no se llevo a cabo correrán a cargo
del Operador.
7.- SUSPENSIÓN E INTERRUPCIÓN DEFINITIVA
El retraso en el pago, total o parcial, por el Cliente durante un periodo superior a 3 días, facultará al Operador a suspender temporalmente el servicio contratado, previa notificación y
requerimiento de pago al mismo, junto con los gastos derivados de la devolución del recibo, en su caso, indicando la fecha en la que se realizará la suspensión. En caso de no abonarse la
deuda en el plazo de preaviso, se procederá a la efectiva suspensión del servicio. Realizado el pago del importe adeudado, EXTRETEL CO, SCE procederá a la reactivación del servicio de
forma inmediata.En caso de retraso en el pago de los servicios prestados por un periodo superior a tres días o la reiteración en dos ocasiones de suspensión temporal por mora en el pago
de los servicios correspondientes al contrato, dará lugar a la consiguiente interrupción definitiva del servicio.La restricción del servicio únicamente afectará a los servicios en los que se
haya incurrido en mora, manteniéndose el resto de los servicios que el mismo Cliente tenga contratados cuyo pago se encuentre al día.Ni la suspensión temporal ni la interrupción
definitiva del servicio exime al Cliente de la obligación de continuar con el pago de las cuotas periódicas fijas correspondientes, puesto que los servicios contratados tienen una duración
determinada que el Cliente acepta al firmar el contrato. No procederá la suspensión temporal ni la interrupción del servicio si el Cliente realiza el pago de la cantidad adeudada al
Operador antes de la fecha establecida para dar por finalizados los servicios.
8.- GARANTÍAS
El Operador, recibida la solicitud de alta por parte del Cliente, así como en cualquier momento durante la vigencia del contrato, podrá, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones
del Cliente:
tarificación adicional, llamadas internacionales, carga y descarga de datos, etc.
Estas medidas podrán ser adoptadas, entre otros supuestos, en caso de:
En cualquier caso, la anterior lista no limita la apreciación, por el Operador, de otros supuestos similares que puedan justificar la adopción de las medidas mencionadas en esta condición
contractual.
9.- PORTABILIDAD
El Cliente cuyos datos se recogen en el Formulario que contiene la oferta comercial contratada, solicita causar baja en el operador que, hasta el momento, le presta el servicio (operador
donante). En caso de solicitar la conservación de su número de teléfono, la portabilidad queda condicionada a la correspondiente alta en EXTRETEL CO, SCE (y a la aceptación de las
Condiciones Generales y las Condiciones Particulares que rigen este contrato), acogiéndose al proceso de tramitación de portabilidad establecido en el documento de Especificación
Técnica de los Procedimientos Administrativos para la Conservación de Numeración en caso de cambio de operador, aprobado por la CNMC. En el momento de la firma de esta solicitud, el
Cliente podrá elegir la fecha en que desea que la portabilidad sea efectiva dentro de un mes desde la entrega de esta.Al solicitar la portabilidad, el Cliente autoriza el tratamiento de datos
personales incluidos en la solicitud y de los que conoce el operador con quien tiene contratado el servicio, de manera voluntaria, libre, inequívoca, especifica e informada.Autoriza, por
tanto, la cesión de sus datos de carácter personal del operador con quién tiene contratados sus servicios, hacia aquel que los prestara en adelante, al objeto y con el fin de verificar la
identidad del solicitante, gestionar la portabilidad y para la conservación de su número, en el proceso de portabilidad condicionándola a estos motivos.Dicha cesión y tratamiento se
realizará de acuerdo con la vigente Ley 3/2018, de 5 de diciembre, y demás normativa de desarrollo en materia de protección de datos. El Cliente podrá ejercitar sus derechos de acceso,
rectificación, oposición y, en su caso cancelación, en relación con los datos cedidos, mediante solicitud dirigida a EXTRETEL CO, SCE a la dirección indicada en las CGC.La no
cumplimentación por parte del solicitante de los datos señalados como obligatorios, supondrá que EXTRETEL CO, SCE no podrá tramitar la portabilidad. La entrega de la solicitud de
portabilidad que se encuentra en el Impreso de Solicitud firmada por el abonado provocará el inicio del proceso de cambio de operador. Una vez firmada y entregada la solicitud de
portabilidad, se asumen las siguientes clausulas:a) El Cliente solicita el alta en el servicio que presta EXTRETEL CO, SCE y comunica su deseo simultáneo de causar baja en el operador
que le provee actualmente el servicio, conservando su numeración telefónica móvil.b) El Cliente acepta la posible interrupción o limitación en la prestación del servicio durante el tiempo
mínimo indispensable para realizar las actuaciones necesarias en los sistemas de los operadores implicados en el cambio de operador, dentro del periodo entre las 2:00 h. y las 10:00 h.
del día en que se aplique el cambio de operador.c) Desde el momento en que el abonado entregue la solicitud de portabilidad, el cambio de operador deberá ser realizado en el plazo
pactado con el Cliente, que, en ningún caso, será superior a 15 días, a partir de la entrega por el abonado de la solicitud, siempre que el abonado no haya solicitado voluntariamente una
fecha posterior para la ejecución de la portabilidad y siempre que su solicitud no haya sido denegada por el operador donante por cumplirse alguna de las causas admitidas en las
especificaciones de portabilidad vigentes.d) El Cliente será informado cuando su solicitud ha sido denegada, en cuyo caso se le indicará la causa. Para las solicitudes aceptadas, el Cliente
podrá solicitar gratuitamente a su futuro operador información sobre su solicitud y el día en que se realizará el cambio efectivo de operador. A partir de ese momento, el Cliente podrá
hacer y recibir llamadas con el nuevo operador y el mismo número telefónico.e) La contratación de servicios entrará en vigor en el momento en que se proceda a la firma del contrato.f) El
Cliente puede solicitar de EXTRETEL CO, SCE la cancelación de la solicitud de portabilidad por los mismos medios por la que la solicito.En caso de reclamación, el abonado deberá dirigirse
al departamento del Servicio de atención al Cliente de extretel, en el plazo de un mes desde el momento en que se tenga conocimiento del hecho que la motive. Cuando el abonado
presente la reclamación, el operador está obligado a facilitarle el número de referencia dado a la reclamación del usuario. Si en el plazo de un mes no hubiera recibido respuesta
satisfactoria del operador, podrá dirigir su reclamación por las siguientes vías, de acuerdo con la normativa propia de cada organismo:a) Juntas Arbitrales de Consumo, directamente o a
través de una Asociación de Consumidores.b) Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la sociedad de la Información, teléfono 901336699, página web www.usuariosteleco.es
10.- CAMBIO DE TITULAR
En caso de cambio de titular, tanto el actual como el nuevo, declaran que todos los datos facilitados al Servicio de Atención al Cliente de EXTRETEL CO, SCE son correctos y que han leído,
conocen y aceptan en su integridad las presentes CGC.La fecha de cambio de la nueva responsabilidad de pago será el día siguiente al de la confirmación del cambio de titular por parte
de EXTRETEL CO, SCE lo cual sucederá una vez que haya recibido la documentación necesaria debidamente cumplimentada. No obstante, el cambio de titularidad no exonera al titular
actual del pago de las cantidades devengadas hasta la fecha del cambio.SEGURIDADEl Cliente, y no el Operador, es responsable de la custodia diligente de su dispositivo móvil, así como
de la confidencialidad de las contraseñas, claves de acceso o sistemas de cifrado o encriptación de comunicaciones, que lesean facilitados en relación con el Servicio.El Operador no se
responsabilizará, en ningún caso y bajo ningún concepto, de las cuestiones mencionadas en esta condición.
11.- PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo que dispone la normativa vigente en materia de protección de datos personales, el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD) y la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, informamos al Cliente de que los datos personales aportados serán tratados por
EXTRETEL CO, SCE La finalidad del tratamiento de los datos será el mantenimiento, desarrollo, control y ejecución de la relación contractual que, en el marco de la prestación de los
servicios que se identifican en el objeto del contrato, el Cliente mantenga con EXTRETEL CO, SCE. Los datos se conservarán mientras dure la relación comercial. Una vez se haya dado por
finalizada la prestación de los servicios, los datos de carácter personal se guardarán, debidamente bloqueados, según lo que establezca la normativa sectorial vigente. Está previsto
comunicar los datos a terceros por ser necesarios para alcanzar la finalidad del contrato (Empresas de instalación, compañías de telefonía…) o por una obligación legal. Esta
comunicación, se hará respetando los principios de privacidad y serán única y exclusivamente para poder prestar el servicio Asimismo, podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación,
supresión y portabilidad de sus datos y los de limitación u oposición al tratamiento dirigiéndose a EXTRETEL CO, SCE bien enviando un correo a la dirección física AVDA/ RICARDO
CARAPETO Nº29, de la localidad de BADAJOZ (BADAJOZ) – 06008, o bien a través de correo electrónico a la dirección siguiente: atencionalcliente@extretel.es Si considera que el
tratamiento de datos personales no se ajusta a la normativa vigente, tiene derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control (www.aepd.es). Datos de contacto del
delegado de protección de datos: FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ GALÁN – 686209507 – dpd@prodatex.es El Operador se responsabiliza de tener implantadas las medidas de seguridad que
correspondan, en virtud de lo que se establece en la normativa vigente de protección de datos. Todo el personal de EXTRETEL CO, SCE tendrá conocimiento de la normativa en materia de
protección de datos, en el momento en que proceda a tratar la información propiedad del cliente. Por último, el Cliente queda informado de que, en caso de impago de las cantidades
debidas, en su caso, con motivo de la contratación y/o utilización del servicio conforme a estas condiciones, EXTRETEL CO, SCE podrá comunicar los datos del mencionado impago a
ficheros de solvencia patrimonial y crédito.__
12.- SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
El servicio de atención al Cliente se realizará, por seguridad, por vía telefónica con grabación de las conversaciones, o mediante correo electrónico, lo que permite que,
independientemente de la opción elegida, quede constancia de las gestiones realizadas.Para cualquier cuestión relacionada con los servicios previstos en el presente contrato, el Cliente
puede ponerse en contacto con el Operador, bien por vía telefónica, llamando al 900 86 98 98, o por vía WhatsApp al 698 931 251, o bien a través del correo electrónico
atencionalcliente@extretel.es, en relación con cualquier incidencia o consulta, previa identificación y acreditación de circunstancias personales.Para cualquier cuestión, el Cliente podrá
ser atendido de Lunes a Viernes de 09:00h a 22:00h, y los Sábados y Domingos de 10:00h a 21:00h.
13.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El Operador y el Cliente tienen derecho a resolver el contrato por las causas generales de extinción legalmente previstas, además de por la establecidas en las condiciones generales de
contratación.
Asimismo, el Cliente tiene derecho a resolver el contrato relativo al servicio de telefonía móvil en cualquier momento, con una antelación de 2 días hábiles, comunicándolo al Operador y
adjuntando copia del DNI.
En ningún caso, la extinción o resolución del contrato exonerará al Cliente o al Operador de sus obligaciones pendientes por cualquier concepto.
Sea cual sea la causa de terminación del contrato, el Cliente tiene derecho a conservar la numeración asociada a la/s línea/s de su titularidad, en caso de que solicite la portabilidad a otro
operador de telefonía móvil.
14.- MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES
EXTRETEL podrá modificar las presentes Condiciones Particulares, así como las tarifas vigentes en cada momento, por: variaciones y cambios tecnológicos que afecten al producto,
variaciones de las condiciones económicas existentes en el momento de la contratación del servicio y evolución del mercado. En tal caso, se comunicará al Cliente la modificación con la
máxima antelación que nos sea posible según las circunstancias.
Las facultades de modificación previstas en esta cláusula no perjudican el derecho de resolución anticipada del contrato reconocido al Cliente, sin perjuicio de los compromisos adquiridos
por el mismo y de las consecuencias derivadas de ello. Por ende, si el Cliente no aceptase las nuevas condiciones, y así se lo notificase al Operador, podrá resolver el contrato de manera
anticipada, asumiendo las consecuencias pertinentes. Si, transcurridos 15 días naturales desde la notificación por EXTRETEL CO, SCE el Cliente no hubiese manifestado expresamente su
disconformidad, o bien continuará utilizando los servicios con posterioridad a la entrada en vigor de la modificación anunciada, se entenderá que acepta las modificaciones propuestas.
15.- CLÁUSULA SUBSDIARIA
Todo lo no previsto en las presentes Cláusulas Particulares de la Contratación del Servicio de Acceso a Internet prestado por EXTRETEL CO, SCE así como lo no dispuesto en la oferta
comercial específica que se acuerda con cada Cliente, queda regulado según lo establecido en las Condiciones Generales de la Contratación. Para aquellas cuestiones no dispuestas en el
contrato, se estará a lo establecido en el ordenamiento jurídico español.